Documentos a utilizar si desarrollas el Trabajo Social en Instituciones Penitenciarias

Autora: Laura Monroy Acosta

Resumen 

El artículo pretende poner de manifiesto aquellos aspectos particulares, presentes en las personas que se encuentran cumpliendo una pena privativa de libertad, y que deben ser tenidos en cuenta para el acompañamiento social necesario durante el tiempo en que se permanezca en esa relación de sujeción especial, que hace nacer la condena judicial a una pena de prisión y en el proceso de reeducación y reinserción social. 

Asimismo, persigue servir de apoyo a quienes comiencen a desarrollar la profesión del Trabajo Social en Instituciones Penitenciarias, conociendo los documentos específicos y la información contenida en ellos, de cara a planificar la intervención social. 

1.- Introducción 

En el presente artículo se expondrán los diferentes documentos que se utilizan desde la profesión del Trabajo Social en el ámbito penitenciario, especialmente en la intervención con personas penadas a penas privativas de libertad, de cara a apoyar la intervención, el acompañamiento y la reeducación y reinserción social. Todo ello partiendo de los motivos que sostienen la presencia de la disciplina en la Institución Penitenciaria, y en consonancia con los objetivos de la profesión y con la normativa vigente. 

2.- Antecedentes y fundamentación 

“El trabajo social es una profesión basada en la práctica y una disciplina académica que promueve el cambio y el desarrollo social, la cohesión social y el fortalecimiento y la liberación de personas. Los principios de la justicia social, los derechos humanos, la responsabilidad colectiva y el respeto a la diversidad son fundamentales para el trabajo social. Respaldado por las teorías del trabajo social, las ciencias sociales, las humanidades y los conocimientos indígenas, el trabajo social involucra a las personas y las estructuras para hacer frente a los desafíos de la vida y aumentar el bienestar (FITS y AIETS, 2014)”.  

La necesidad de la intervención del Trabajo Social en Instituciones Penitenciarias es indiscutible desde el propio concepto de la profesión, pero también desde el sentido y fundamento de la Institución Penitenciaria, que pretende ser una herramienta que a la vez que protege a la sociedad, con la retención y custodia de quienes cometen actos contrarios a la Ley, da cumplimiento del aspecto restaurativo y a la prevención especial de la pena, consistente en evitar que quien ya haya cometido un acto ilícito vuelva a tener la actitud en el futuro. 

Por otro lado, el artículo 25.2 de la Constitución Española de 1978 señala que “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social”. 

Por su parte, la legislación penitenciaria contempla durante su articulado la presencia y funcionamiento de los servicios sociales penitenciarios: 

En La Ley Orgánica 1/1979 de 26 de septiembre General Penitenciaria (en adelante LOGP), contempla en el art. 75 que “el personal asistencial de la Comisión de Asistencia Social estará constituido por funcionarios que pasarán a prestar sus servicios en el citado órgano, con exclusión de cualesquiera otras actividades que no sean las estrictamente asistenciales” y que “la Comisión colaborará de forma permanente con las entidades dedicadas especialmente a la asistencia de los internos y al tratamiento de los excarcelados existentes en el lugar donde radiquen los establecimientos penitenciarios.  

En el Reglamento Penitenciario aprobado por Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, que desarrolla la LOGP, incide en su primer artículo en el fin primordial de la “reeducación y la reinserción social”. Añade en su artículo 2 que “también tienen a su cargo una labor asistencial y de ayuda para internos y liberados, así como para sus familiares, en colaboración con las instituciones y asociaciones públicas y privadas dedicadas a tal fin”. 

Esta norma se refiere directamente a “los asistentes sociales” en sus artículos 301 y 302, asignándoles las tareas específicas. 

El Real Decreto 190/1996 de 9 de febrero por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario (RP) modifica el anterior, aunque mantiene vigente algunos artículos entre los que se encuentran el referido 301, y en relación al trabajo social dedica el Capítulo II del Título IX a la “Acción social penitenciaria”.  

Este marco normativo específico que contempla y configura la relación entre la disciplina del trabajo social con el medio penitenciario se complementa con la Instrucción 2/2018 de la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias, por la que se aprueba el Manual de Procedimiento de Trabajo Social, donde se especifican las funciones de la profesión con mayor detenimiento, y se incluyen además las que se realizan en los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, y en los Centros de Inserción Social y Secciones Abiertas, completando la Institución Penitenciaria y los tipos de Centros que la conforman. 

3.- Documentos a utilizar desde la perspectiva y área del trabajo social 

Es la misma Instrucción 2/2018 la que incluye en sus anexos los modelos a utilizar en cada una de las fases de intervención y que expondremos a continuación: 

Ficha Social al ingreso: documento resultante de la entrevista inicial en un Centro Penitenciario, donde se recoge, además de los datos personales, el estado de la documentación/situación administrativa, características de la situación socio-familiar y datos de las personas de la unidad de convivencia o referencia. Por otro lado, un breve análisis de la situación personal en las áreas educativa, laboral, sanitaria, relacionada con las adicciones en su caso, y sobre su situación social, en cuanto a prestaciones, reconocimientos de discapacidad o incapacidad, jubilación, etc. Además, se contempla un apartado de análisis de su situación penal y penitenciaria que será importante para marcar la línea de intervención, para la separación interior en el Centro o para conocer las posibilidades normativas que en relación al cumplimiento de la condena tiene la persona en ese momento. Esta ficha se realiza cada vez que ingresa en un Centro Penitenciario, aunque sea procedente desde otro Centro.   

Protocolo Social: contiene el archivo de toda la documentación social que se recoja desde el Departamento. Es importante resaltar que, si bien hasta este año los Departamentos de Trabajo Social de los Centros Penitenciarios custodiaban estos Protocolos en papel, y se remitían entre Centros cuando las personas internas ingresaban en unos u otros, se ha diseñado y está poniéndose en marcha la Plataforma Telemática “Helena”, que permitirá que toda la documentación esté informatizada, asegurando por tanto la actualización de la Institución Penitenciaria a la normativa actual de digitalización y de protección de datos, y sirviendo sin duda para agilizar y facilitar la tarea burocrática del Trabajo Social. 

Registro de Intervenciones: contiene los aspectos que se considere relevantes de la intervención, registrando además la fecha de la observación o dato. No sólo es importante para quien está interviniendo con la persona y su entorno, sino también para quien más adelante lo haga. 

Ficha de documentación: al estar las personas privadas de libertad, este documento cobra vital importancia, de cara a mantener la documentación personal al día, que les permita acceder en todo momento a sus derechos como ciudadanía, salvo los que, como contempla la ley, estén expresamente limitados por el contenido del fallo condenatorio, el sentido de la pena o la ley penitenciaria. En cualquier caso y desde el punto de vista de la inserción social, mantener vigente o solicitar la documentación será fundamental. En concreto se contempla el documento nacional de identidad, el Pasaporte/documento de identidad de país extranjero o el permiso de residencia, la tarjeta sanitaria y el certificado de discapacidad o de dependencia en su caso. 

Autorización de persona o entidad de contacto: en caso de que la persona interna quiera, puede autorizar al Departamento de Trabajo Social a comunicarse con una o varias personas, que serán la referencia de cara al contacto con el exterior y a la evaluación de los posibles permisos de salida. Además, en el documento hay un apartado para que quien lo desee pueda también registrar personas a las que bajo ningún concepto desea que se les dé algún dato ni información sobre su situación. 

Modelo de Solicitud o de envío de Protocolo Social: previstos para los traslados de las personas internas entre Centros. 

Historia Social: amplía la ficha social, parte de más de una entrevista personal y familiar para completar toda aquella información de áreas como la dinámica familiar, de la situación ambiental, de aspectos educativos, formativos, laborales, de salud y adicciones, de la situación económica, documental en caso de personas extranjeras, así como otros datos que se consideren relevantes para completar una interpretación diagnóstica presente en el documento que permita a su vez registrar una propuesta de intervención social, donde se concretarán problemáticas a tratar, la motivación y/o compromiso de la persona, los objetivos de la intervención y los recursos que se precisan utilizar. 

Acta de Acogida en Permisos/ Acta de acogida en institución: de cara a la autorización de salidas, se trata de un registro y compromiso de la referencia exterior que se tendrá para el Departamento no sólo de cara a dar la información necesaria sino también para evaluar posteriormente los efectos de la misma y el cumplimiento de objetivos previstos. En concreto el documento contiene un compromiso de la persona o institución a facilitarle alojamiento y manutención, así como mantener informado al Departamento de cualquier información relevante o incidencia que pudiera producirse. 

Manifestación personal: este documento se utiliza para aquellos casos en los que se le incoa a la persona el expediente de libertad condicional. Por un lado se le informa del Centro de Inserción Social que le hará el seguimiento y acompañamiento, por otro lado se manifiesta el lugar de residencia y se especifica si tendrá necesidad de acompañamiento/apoyo por parte de persona o institución y finalmente se contempla la aceptación al seguimiento que desde la Institución Penitenciarias se tiene competencia durante todo el periodo, comprometiéndose a facilitar la información necesaria para ello y de acudir a las citaciones de evaluación y seguimiento.  

Hoja informativa para la persona en libertad condicional: documento donde se le explica el procedimiento de la libertad condicional y se incide en los compromisos que debe adquirir con la Administración Penitenciaria para el adecuado seguimiento del periodo. 

Acta de compromiso de acogida: similar a la expuesta anteriormente pero concreta para la libertad condicional. 

Hoja informativa para el familiar, persona allegada o institución social extrapenitenciaria: informa a la persona que acoge de los compromisos que adquiere con la administración penitenciaria para lograr un adecuado seguimiento del periodo de libertad condicional y facilitar la reinserción.  

Informe Social: dictamen técnico y exclusivo de la profesión donde se registra la situación familiar, la vinculación y redes de apoyo, los datos ambientales, el nivel socio-económico, educativo y laboral. Las conductas adictivas si las hubiera y su influencia en la situación personal, familiar y/o social, la situación de dependencia o discapacidad si la hubiera y con todo ello se finaliza elaborando el diagnóstico social que motivará cualquier propuesta técnica. 

Estadística quincenal de madres, embarazadas y niños/as residentes en Centros Penitenciarios; Estadística de discapacidad: documentos elaborados por la figura de la coordinación del Departamento de Trabajo Social de los Centros Penitenciarios. En la primera se recogen tanto datos que tienen que ver con la situación penal/penitenciaria de la madre, como de la situación de menores que convivan con ellas en el Centro Penitenciario, circunstancia prevista y regulada en el artículo 17 del Reglamento Penitenciario. 

En cuanto a la estadística de discapacidad, se registran por un lado datos relativos a la situación penal/penitenciaria de las personas, y por otro lado el estado del trámite o solicitud de la valoración (si ya cuenta con certificado oficial o está en tramitación), si está incluida en la participación de un programa específico, así como, una vez reconocida, datos sobre el tipo y grado de discapacidad. 

Solicitud renovación DNI/pasaporte y tarjeta sanitaria: modelos donde la persona interesada solicita el trámite y autoriza al Departamento a cursarla. 

Informe social de solicitud de prestaciones: informe específico para la solicitud de una prestación donde aparecen los datos personales y la valoración técnica de la necesidad de la ayuda concreta. 

Informe social de extranjería: Dirigido al organismo competente en materia de extranjería y específico donde se valora la situación y vinculación familiar de la persona en el territorio nacional, la vivienda y el entorno social y se refieren unas observaciones que se consideren junto al diagnóstico social. Hay que tener en cuenta que según la legislación vigente en materia de extranjería, ser autor de un hecho delictivo determina y/o condiciona el procedimiento de regulación de la situación administrativa en el país, por lo que el informe social cobra especial relevancia. 

Autorización solicitud discapacidad/dependencia; Autorización Información sobre prestaciones: donde la persona autoriza al Departamento a realizar el trámite y solicitar en caso necesario documentación imprescindible. 

Ficha social de ingreso en medio abierto: específico para los Centros de Inserción Social o los Departamentos asignados para el seguimiento del cumplimiento de la condena en régimen de semi libertad, donde se recoge la información contenida en la Ficha social general con datos específicos que  deben considerarse por la situación penal-penitenciaria de la persona, como pueden ser las fechas de cumplimiento, la posible existencia de responsabilidades pendientes en penas y medidas alternativas a la prisión, o  en caso de estar desempeñando actividad laboral, los datos concretos referidos a la empresa o entidad, horario, tipo de contrato, etc. 

Informe de comprobación de oferta laboral: en este documento se registra la información que facilita tanto la persona interesada como la empresa, sobre todo lo relacionado con la actividad laboral que se plantea para determinar las condiciones de vida y el régimen de la persona que esté cumpliendo la condena en medio abierto. Destacar un apartado donde se valora la viabilidad de la actividad laboral en relación al programa específico de tratamiento marcado para la reinserción social de la persona. 

Informe de incidencias: documento concreto y específico donde desde el trabajo social se comunican aspectos relevantes que han podido ocurrir y que deben ser estudiados para tomar decisiones por los equipos/juntas de tratamiento u organismos competentes. 

Autorización Contacto con familiares y Ficha social de usuario/a de programas: modelos específicos para personas que cumplan medidas alternativas a la prisión, en los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, donde también se desarrollan Programas y Talleres específicos que tienen que ver con el hecho delictivo, como pueden ser de los talleres de seguridad vial, el Regener@r específico para delitos de violencia de género, Talleres Convivir donde se trabajan habilidades sociales y para la vida, se promueve el desarrollo social y se previene la actitud delictiva. 

Informe de seguimiento y valoración: Concreto también de los Servicios de Gestión de Penas y Medidas Alternativas, registra los datos de identificación, los antecedentes penales y la situación actual concretando las áreas personal, familiar y laboral. Aparecen finalmente las fechas de las entrevistas en el servicio y una valoración de la evolución del proceso, para finalizar con una propuesta técnica. 

Finalmente, desde la profesión se completan también documentos internos de la Institución que tienen que ver con la valoración, diagnóstico y propuestas de que se acuerdan en la Junta de Tratamiento, órgano colegiado que tiene entre otras las funciones de clasificar a las personas internas en los distintos grados e informar sobre progresiones y regresiones de grado según su evolución, así como la de conceder los permisos de salida solicitando autorización del órgano competente. Entre estos documentos, destacar las Propuestas de Clasificación y Destino (PCD), donde se analizan factores de adaptación y de inadaptación y desde el área social se rellenan aspectos concernientes a los ítems sociolaborales, y las Tablas de Valoración de Riesgo (TVR) en los estudios de permisos de salida, donde rellenamos la información relativa al área de extranjería, de deficiencia convivencial y de lejanía del lugar de disfrute de permiso. 

4.- Conclusiones 

A pesar de que el Trabajo Social tiene un significado global y unas herramientas comunes que se utilizan independientemente del área donde se desarrolle, no cabe duda que dentro de su ADN también se encuentra la capacidad de análisis y estudio de características, carencias y potencialidades concretas. Además, el reconocimiento y respeto a la diversidad en las personas y en los procesos es una premisa básica defendida desde la profesión en cada reivindicación contra políticas sociales que pretenden que sean las personas quienes se adapten a los procesos establecidos por las Administraciones y no al revés. 

Por tanto, se considera imprescindible contar con herramientas y documentos de trabajo que permitan exponer rasgos característicos que están siendo relevantes en la intervención y que pueden influir y condicionar los procesos de acompañamiento social. 

En este sentido, el Trabajo Social en Instituciones Penitenciarias, a través de su presencia y reivindicación constante, está logrando defender y apostar porque se contemple la visión social en los documentos, en los procesos y programas de tratamiento, que se respete y atienda la diversidad de las personas, y que el principio de individualización científica que está presente tanto en la Ley Orgánica General Penitenciaria como en el Reglamento que la desarrolla sea en la práctica efectivo. 

Bibliografía 

Boletín Oficial del Estado. (1981).Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario, num. 149, págs. 14357-14360.Recuperado https://www.boe.es/eli/es/rd/1981/05/08/1201 

Boletín Oficial del Estado. (1996). Real Decreto 190/1996, Reglamento Penitenciario, num. 40, pp.5380-5435 Recuperado: https://www.boe.es/eli/es/rd/1996/02/09/190/con 

Ley Orgánica 1/1979, de 26 de septiembre, General Penitenciaria. Boletín Oficial del Estado, 239, de 5 de octubre de 1979, 23180-23186. 

Lima Fernández, A. I. (2016). Definición Global del Trabajo Social de Melbourne (2014). Revista de Treball Social, 207(1), 143-151. 

Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (2018). Instrucción I-2/2018 por la que se aprueba el Manual del Procedimiento de Trabajo Social en Instituciones Penitenciarias. Ministerio del Interior, Secretaría General de Instituciones Penitenciarias. 

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